¿Es Rita Maestre la Lagarde española?






Me escandaliza y preocupa la Sentencia absolutoria a Rita Maestre por el delito de ofensa a los sentimientos religiosos, pues lo considero un auténtico y flagrante acto de profanación de la Capilla de la Complutense en el Campus de Somosaguas.

Veamos lo que dice el RAE (porque no recuerdo ningún diccionario de la Lengua Judicial):

profanar Del lat. profanāre.

1. tr. Tratar algo sagrado sin el debido respeto, o aplicarlo a usos profanos
2. tr. Deslucir, desdorar, deshonrar, prostituir, hacer uso indigno de cosas respetables.

Hago inca pié en que no circunscribe el hecho a la religión Católica exclusivamente.
 
Creo llegado el momento para exigir un Diccionario de la Real Academia de Togados y demás Arremangados, para que los españoles no tengamos que alegar indefensión, ante las rocambolescas interpretaciones en sus “inapelables” sentencias a las que ciertos y "creativos" miembros de la casta judicial nos sometan, salvo que seamos de otra determinada casta, la Jodemita, que parece tener patente de corso para todas sus acciones.

 Lo digo porque dicha Sentencia, de la que es ponente el magistrado Francisco David Cubero Flores, en mi opinión, ampara cualquier futuro enfrentamiento entre personas de diferentes religiones. Pues de su lectura se desprende que, viene a decir: "que, a juicio de los magistrados, la actuación de Rita Maestre pudo considerarse "claramente irrespetuosa" en "ciertos ámbitos", pero no tuvo la intensidad suficiente como para considerarse "un acto de profanación", ya que no se atacó directamente ninguno de los objetos sagrados de la capilla."

Lo que entiendo que quiere decir, que si mañana un grupo de ciudadanos judíos, cristianos o mormones, entran en la Mezquita de la M-30 y penetran en su lugar de culto, sin hacer nada más que cantar algún himno de su religión, llevando las mujeres descubierta la cabeza y los hombres sin descalzarse, no cometerán delito alguno.
 
Pero, llegados a este punto, y viendo la “muy creativa” interpretación, que no lectura de la Ley: "debe producirse un acto de profanación claro, directo, evidente y, por supuesto, físico, y no derivado del simple hecho de incumplir determinadas normas sociales, por mucho que ello pueda herir sentimientos religiosos de quienes profesan determinada religión" esto es: aplicando "su ley", la de la Audiencia Provincial de Madrid, ignoran, y no por incultos, el debido Respeto (RAE).









Demos entonces por buena, dicha sentencia –ya que cualquiera tiene derecho a ser juzgado con igual trato–, por tanto, usémosla
 
Así que se me ocurre que se podría convocar a todos los madrileños, a entrar en la Mezquita de la M-30, las mujeres sin cubrir su cabeza y los hombres, sin descalzarse. Nada de tocar elementos del culto, algaradas con griteríos injuriosos, etc. Tengamos aún más clase que los Jodemitas. Que los hechos, sean “similares” y más inocuos, ya que deberían ser tratados con aún menos rigor que los protagonizados por nuestra modélica Rita Maestre.

Además, aunque fuera sin desnudarse nadie y sin gritar "arderéis como en el 36", dudo que la reacción de los fieles allí congregados, fuera totalmente pacífica. Creo que el Consejo General del Poder Judicial debería tomar cartas en el asunto para evitar males mayores y reconozca que la Sentencia de la Primera Instancia, condenando a una simple multa económica, es más cercana a la importancia de los hechos.


 La pregunta que se me ocurre, respecto a las posibles consecuencias, es quién tienen razón:
  1. Los que dicen que el Islam es amor.
  2. O aquellos que creen que el Islam es violencia.
Si la respuesta finalmente resulta ser la segunda, ¿tendrán que responder a las más que probables agresiones de los musulmanes, o de nuestros policías, amparados por esta sentencia de la Audiencia de Madrid? Por si las moscas, habrá que llevar copias de la sentencia a mano. Quizás haya sentencias en Primera Instancia más independiente y menos sumisa– sentencias condenatorias si se acude a la Mezquita, pero confiando en que llegados a la Audiencia Provincial de Madrid, merecerán de tal tribunal el mismo y, a mi entender, laxo trato que nuestra modélica edil Rita Maestre


Lo contrario demostraría que la sentencia de Maestre ha sido pura política y no basada en la Ley. 

Y, por tanto, lo más grave: que los jueces de altos tribunales puedan tener por costumbre prevaricar, con lo que la Justicia, no sería ya únicamente “un cachondeo”, sino una auténtica casa de putas.


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