¿Qué ocurre en el Tribunal Constitucional?




Aparte de la impugnación presentada por el Gobierno de España, contra la Resolución de Soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña, aprobada en el Parlamento Catalán, el 23/01/2013, con fecha anterior, está presentada y argumentada, ante dicho tribunal, nuestra Petición de Amparo por la misma Resolución, entendiendo que en ella se excluye ilegalmente a cualquier español, no residente en Cataluña, y en contra de lo que consta en nuestra actual Constitución*, del derecho a participar y decidir, en el posible Referendum que, de ser desestimadas la impugnación del Gobierno y nuestra petición de amparo, se pudiera generar.

El tiempo pasa y el gobierno secesionista catalán, acelera su ya tradicional política de hechos consumados con un imparable y loca marcha hacia la secesión, sin actuación más contundente del Gobierno Central.

Como también nos tiene acostumbrado por sus últimas resoluciones, el tribunal político en el que han convertido nuestros partidos al Tribunal Constitucional, cuando no dicta sentencias que desvirtúan nuestra Carta Magna, utiliza el juego, tan popular entre los políticos no secesionistas del dolce far niente o la ambigua dilación calculada, como si su intención no fuera otra que la del laissez faire, permitiendo que la propia marcha de los acontecimientos les dicten esas sentencias.

Pascual Sala, Presidente del tribunal Constitucional y de su Sala Primera.

Por ello, cabe preguntarse si la gravedad de los actos del Parlamento Catalán que han sido objeto de ambas acciones (la del gobierno y la nuestra), les ha llenado de plomo las neuronas de algunos de los insignes componentes de la Sala Primera del TC: Pascual Sala Sánchez (Presidente), don Manuel Aragón Reyes, doña Adela Asua Batarrita, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés Dal-Ré y don Juan José González Rivas (Magistrados), ralentizando, una vez más, su capacidad para el análisis y la toma de decisión porque el tiempo juega en contra de la Democracia.

Creo que los españoles, podemos esperar un poco más de aplicación y presteza, por parte de unos magistrados con dedicación exclusiva y bien remunerada. Espero que no pongan la excusa de su baja productividad.



(*) la Soberanía Nacional es única y residen en el Pueblo Español (Art. 1.2 de la Constitución Española).


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